Terrenos que se entienden mejor al ampliar el mapa
vista alegre · Ref. CH2715
3.500.000 €
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El puerto, las autovías, la actividad empresarial y la ciudad. Cuando se analiza una inversión en suelo, lo que rodea a una parcela forma parte de su valor.
En el entorno de Media Legua y Vista Alegre, Cartagena, se venden conjuntamente las parcelas 30 y 82 a un precio de 29,90 €/m², aplicado a la superficie total de ambas fincas. Una ubicación bien comunicada con el puerto de Cartagena y las autovías, en un entorno que combina suelo disponible, núcleos residenciales y actividad económica.
La parcela 82, de aproximadamente 45.000 m², incorpora un dato especialmente relevante: aunque actualmente figura como rústica en Catastro, según la información facilitada por Urbanismo del Ayuntamiento, su clasificación urbanística es de suelo urbanizable sin sectorizar. Su desarrollo estará sujeto al planeamiento y a las tramitaciones y autorizaciones correspondientes.
La venta conjunta plantea una operación para inversores, empresas y compradores patrimoniales que buscan adquirir suelo con una perspectiva de medio y largo plazo. Superficie, comunicaciones y posición respecto a las infraestructuras: tres argumentos concretos para estudiar el potencial de estas fincas.
El futuro de una zona requiere análisis. Su ubicación ya se puede valorar hoy.
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Gastos e impuestos no incluidos en el precio
* Gastos asociados a la compra no incluidos en el precio de venta para inmuebles en segunda transmisión: Impuesto Transmisiones Patrimoniales: Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Autónoma según las circunstancias personales del comprador. El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta, aquel que resulte superior. Con bonificación: 3% - Sin bonificación: 7,75%
Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.
Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial establecido en el ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Registral
Honorarios de agencia: 3% +IVA sobre precio de compraventa, con un mínimo de 2.500 € + IVA (No incluidos en el precio de venta).
* Para primera transmisión de inmuebles (obra nueva), será de aplicación, en vez del ITP, el IVA al tipo legal aplicable y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.
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